La ley 14.735 establece claramente: "EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Créase un régimen especial de boleto para los usuarios del sistema de transporte provincial ferroviario, fluvial y de colectivo de pasajeros en sus servicios urbanos, suburbanos e interurbanos, destinados a alumnos pertenecientes a instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión privada con aportes del Estado en todos los niveles, incluidos los de formación profesional y bachilleratos populares que tengan asiento en la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2.- El Boleto Especial Educativo será de carácter gratuito y alcanzará a los estudiantes pertenecientes al nivel inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación profesional y bachilleratos populares, que acrediten su condición de acuerdo a lo que establezca la reglamentación." Por lo que exigimos que, tanto las empresas adjudicatarias del servicio público de transporte como las autoridades de aplicación de la ley, cumplan y hagan cumplir el derecho del acceso gratuito a la educación consagrado por la Constitución Provincial.
Regional Tuyú Sur
11 de setiembre de 2019