Nombre y número de la causa:
“Díaz Bessone, Ramón Genaro y otro S/ Priv. Ileg. de la libertad, violencia, amenazas, torturas y desaparición física (caso: Klotzman, Ricardo H. y otros)”, expte. n° 21/06 y acumulados números 588/03 y 260/09"
Conocida como:
Klotzman
Breve resumen:
Es una de las grandes causas emblemáticas del genocidio en la ciudad y tiene la singularidad de haberse conformado con un criterio distinto al de las restantes que fueron erigidas en base a los circuitos represivos o centros de detención clandestina, tales como la Causa Guerrieri y la mega causa Feced.
La causa Klotzman reúne los hechos que damnificaron a víctimas del PRT-ERP en un lapso temporal: todos ocurrieron en la primera mitad del mes de agosto de 1976 (puntualmente entre el 2 y el 16 de ese mes y año), a excepción solamente del caso de Oscar Medina. Se juzgan 27 homicidios, privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos y asociación ilícita. Y agregando otro signo distintivo se juzgarán también los delitos de sustracción de una menor de diez años y supresión de identidad con relación a la hija de Ricardo Klotzman y Cecilia Barral. El matrimonio fue secuestrado y conducido al CCD conocido como Quinta Operacional de Fisherton y desde entonces permanecen desaparecidos. Fernando Brarda, único sobreviviente de aquel CCD, corroboró la presencia en el lugar de los mismos y dio cuenta del estado avanzado de embarazo de Cecilia Barral. Durante el curso de la instrucción pudo establecerse que la misma dio a luz a una nena que fue sustraída por los represores y entregada a una familia de la ciudad de Santa Fe. Se trata de la nieta 103, recuperada en abril de 2011.
Mediante Resolución de fecha 5 de octubre de 2015, el Juzgado federal N° 4 a cargo del Dr. Marcelo Bailaque, dispuso clausurar parcialmente la instrucción de la Causa Klotzman y elevar la misma a juicio oral para el juzgamiento de Jorge Alberto Fariña, Federico Almeder, René Juan Langlois, Enrique Andrés López y Luis Paulino Coronel; en relación a la comisión de 27 homicidios, privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos y los delitos de sustracción de una menor de diez años y supresión de identidad.
Al ordenar la acumulación de los hechos en esta causa, el juez entendió además que “está comprobado -en su mayoría- que los operativos presentaban similares características, siendo autodenominados “operativos conjuntos” dado que participaban tanto integrantes del Ejército como de la Policía Federal Argentina (en algunos casos también personal de la policía de la provincia de Santa Fe) y a cargo de los mismos estaba el Ejército.”
Lamentablemente quedaron fuera responsables emblemáticos de la represión por razones de salud y fallecimiento tales como Ramón Genaro Díaz Bessone, Alfredo Sotera y Jorge Rafael Videla, todos ellos habían sido procesados en la causa.
Estado de la causa: Pese a que el procesamiento es del año 2015, por distintos motivos, aún no se ha realizado el primer juicio oral, pero la misma se encuentra ya elevada y la novedad es que tiene fecha el inicio del debate oral.
2017: Asistimos a la audiencia preliminar.
Los imputados son ex policías federales y miembros del Destacamento de Inteligencia 121.
El juicio oral tenía fecha de inicio para el día 18 de Diciembre de 2017. En el mes de Noviembre nos notifican que en razón de que se habría fijado audiencia para el mismo día en el caso Tognoli (que involucra al ex jefe de policía de la provincia de santa fe), se reprogramaba el inicio para el 20 de Diciembre de 2017. Sin embargo, debido a las recusaciones interpuestas por la defensa y la nueva integración del Tribunal -Barabani, Facciano y Paulucci- la fecha se ha vuelto a fijar, esta vez para el 7 de Marzo de 2018.
Los Vocales Paulucci y Barabani se excusaron de intervenir por haber condenado a uno de los imputados en otra causa y se encuentra pendiente la resolución de sus planteos, por lo que no hay aún tribunal conformado ni fecha de inicio establecida.
Presentación ante el Juzgado:
FORMULA QUERELLA APDH EN KLOTZMAN