En el transcurrir de estos últimos días, La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Regional Rosario (APDH) ha recibido notificaciones de parte del Poder Judicial, lo que entendemos va a constituir un patrón de conducta de las defensa de represores condenados por delitos de Lesa Humanidad, quienes están solicitando pedidos de prisiones domiciliarias; es decir, de continuar con el cumplimento de sus condenas en la comodidad de sus hogares y no en la cárcel común como ordenan las distintas sentencias.
Entre los genocidas condenados que solicitan regresar a sus hogares están nada más y nada menos que “El Ciego” Lofiego y Daniel Amelong, ambos con perpetuas. Son solicitudes genéricas, que a nuestro entender , aprovechando la pandemia (COVID-19) que asola al mundo entero, buscan con esa situación burlar los procesos de Memoria , Verdad y Justicia. Procesos que tanto nos ha costado construir junto a los y las sobrevivientes del Terrorismo de Estado y los distintos organismos de DDHH. Y cuya burla atenta contra la seguridad de toda la población que confió en la Justicia.-
En el presente contexto de emergencia sanitaria nacional, entendemos no se deben distraer recursos en estos pedidos, que debieran ser utilizados para las personas que más lo necesitan. Más aún, teniendo en consideración las comodidades - absolutamente acordes y muy distintas a la población carcelaria general- con las que cuentan los condenados por delitos contra la humanidad en las respectivas unidades carcelarias. Les pueden garantizar seguridad sanitaria , por la restricción de visitas externas que disminuyen el contagio y por la capacidad para actuar con rapidez en caso de problemas de salud. Reiteramos: la cárcel sigue siendo el mejor lugar para los genocidas!!
El equipo jurídico de la APDH, ha contestado los diversos planteos, oponiéndose a los mismos y ha afirmado: “Sostenemos que es necesario que se haga un análisis particular, para evaluar si realmente procede el arresto domiciliario. Entendemos, que salvo riesgo probado en la salud de cada detenido, no puede resolverse una modificación de los regímenes de ejecución de la pena que burlen la obligación de cumplimiento efectivo de las condenas. Caso contrario solo nos encontramos ante una nueva forma de burlar los procesos de memoria, verdad y justicia que la comunidad de naciones establecieron respecto de los genocidas.”
NO OLVIDAMOS NO PERDONAMOS, NO NOS RECONCILIAMOS
Rosario, 25 de marzo de 2020