¿Qué derechos tiene la mujer separada o divorciada?
Los hijos menores de cinco años quedan a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del niño. El cónyuge que causó la separación o divorcio debe prestarle atención alimentaria, siempre que el otro cónyuge haya sido totalmente inocente de la separación o divorcio, de acuerdo al nivel económico que tuvieron durante la convivencia.
¿Cuándo termina la prestación alimentaria?
Termina cuando el cónyuge que percibe alimentos vive en concubinato o incurre en injurias, o se contrae un nuevo matrimonio.
¿Cuáles son las causas que pueden provocar la separación o el divorcio?
- El adulterio.
- Cuando uno de los cónyuges atenta contra la vida del otro.
- Cuando uno de los cónyuges quiera obligar al otro a cometer un delito.
- Las injurias graves (insultos, maltrato físico, psicológico, etc.).
- El abandono voluntario y malicioso.
¿Una mujer puede separarse o divorciarse cuando no hay causas graves?
Sí, puede.
- Puede separarse cuando se hubiese interrumpido la convivencia por un lapso mayor de 2 años.
- Puede divorciarse cuando se hubiese interrumpido la convivencia por un lapso mayor de 3 años y no haya voluntad devolver a unirse.
¿Qué diferencia hay entre separación personal y divorcio vincular?
La separación personal no disuelve el vínculo matrimonial y el cónyuge inocente conserva los derechos hereditarios. El cónyuge culpable pierde los derechos hereditarios. El divorcio vincular disuelve el vínculo matrimonial, cesan los derechos hereditarios y se recupera la posibilidad de volver a casarse. Cuando hay separación personal o divorcio vincular de común acuerdo o sin culpa, ninguno de los cónyuges mantiene los derechos hereditarios en la sucesión del otro.
¿Qué pasa con los bienes? ¿Qué son los bienes propios y los bienes gananciales?
Los bienes propios son aquellos que cada cónyuge posee antes de casarse y son bienes gananciales aquellos que fueron adquiridos durante el matrimonio. Los bienes propios no entran en la liquidación de la sociedad conyugal (que está integrada solamente por los bienes gananciales).
¿Cómo se divide y se liquida la sociedad conyugal?
Los bienes gananciales son vendidos y su resultado en dinero es dividido entre los cónyuges, salvo que las partes acuerden dividir los bienes sin necesidad de liquidarlos.
¿Qué sucede con el "hogar conyugal" cuando existe separación o divorcio?
Después de la sentencia de separación personal o divorcio vincular, el cónyuge que se mantuvo en la ocupación del inmueble puede solicitar al juez que éste no sea liquidado, si ello le causa un grave perjuicio, siempre que el solicitante no hubiese dado causa a la separación o divorcio.