La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Azul (APDH-Azul) elevó un reclamo días atrás a la jueza de Ejecución Penal Adriana Bianco, pidiéndole que arbitre las medidas necesarias para que se garantice la atención de la salud de los 164 internos y se instale una guardia médica las 24 hs en la Unidad 7 de Azul. El organismo recoge sí un pedido de los ciudadanos privados de su libertad ambulatoria, parte de la agenda tratada en la Mesa de Diálogo reunida días atrás.
La magistrada de Gral. Alvear integra también el ámbito de diálogo que fuera declarado de interés Legislativo por el Concejo Deliberante de Azul, cuyos concejales participan, igual que el Servicio Penitenciario Bonaerense, ong Puertas Abiertas, estudiantes del CUMB, Coordinación de Derechos Humanos del Gobierno Local, Facultad de Derecho y otras entidades de la comunidad.
El SPB no está a cargo de la salud intramuros en los penales, sino que depende del Ministerio de Salud ese área, que hoy deja mucho que desear, porque las visitas médicas programadas rara vez se cumplen, se ha notado escasos medicamentos para algunas patologías y el reclamo de toda la población es unánime: que haya una guardia médica integrada por un médico y un enfermero las 24 horas en el penal.
APDH-Azul
Prensa
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APDH-AZUL RECOMIENDA
Septiembre 2014
Dra. Adriana Bianco
Jueza del Juzgado
de Ejecución Penal N°2
de General Alvear.
S / D
De nuestra mayor consideración:
Fernando Wilhelm, presidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Azul, con domicilio en Corrientes 0050 de esta ciudad, me dirijo a Ud. respetuosamente para hacerle conocer la siguiente recomendación: Solicitamos que por su intermedio la jefatura de Sanidad abocada al servicio de sanidad en cárceles de la provincia de Buenos Aires ordene que respecto de la Unidad 7 de Azul del SPB ordene se regularice dicho servicio, brindando una asistencia médica permanente las 24 horas, mínimo con un médico y un auxiliar o enfermero profesional.
Asimismo, ponemos en su conocimiento que los médicos de las distintas especialidades no concurren regularmente a las guardias, a sus lugares de trabajo, con lo cual, no está garantizada la salud para los ciudadanos privados de su libertad ambulatoria de la mencionada unidad. Esa situación agrega sufrimiento y dolor, un grado más de crueldad que se suma a la que soportan a diario tras las rejas.
Lo solicitado por la APDH-Azul resulta de cumplimiento obligatorio por el Estado sea en ámbito judicial o autoridad administrativa, atento que el Pacto Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hoy con jerarquía constitucional por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, reconoce en su artículo 12 el derecho de toda persona al "disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental." “Salud” se entiende no sólo como un derecho a estar sano, sino como un derecho a controlar la propia salud y el cuerpo (incluida la reproducción), y estar libre de interferencias, tales como la tortura o la experimentación médica. Los Estados deben proteger este derecho, garantizando que todo el mundo dentro de su jurisdicción, tiene acceso a los factores determinantes de la salud, como agua potable, saneamiento, alimentación, nutrición y vivienda, y por medio de un sistema global de atención sanitaria, que está a disposición de todos, sin discriminación alguna, y económicamente accesible para todos.
Sin más, saludo a Ud. atentamente
Fernando Wilhelm
Dni 18.021.176
Pte. APDH-Azul