La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos adhiere a la decisión tomada por la Sra. Gobernadora de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Fm. Fabiana Ríos, respecto del matrimonio legal Freyre - Di Bello, entre dos personas del mismo sexo, autorizado por Decreto provincial nº 2996/09. La gobernadora se basó en la autorización dada por la jueza de la CABA Gabriela Seijas el 13 de noviembre de 2009, que declaró inconstitucionales los artículos 172 y 188 del Código Civil y autorizó el matrimonio de Alex Freyre y José María Di Bello, habitantes de la ciudad de Buenos Aires. Dicho matrimonio fue suspendido por la actuación de otra jueza, Martha Gómez Alsina, que hizo lugar a la apelación de la Corporación de Abogados Católicos. La pareja solicitó autorización en el Registro Civil de Ushuaia, que la denegó, por lo cual la gobernadora Fabiana Ríos procedió a autorizarlo mediante el Decreto arriba mencionado, basado en que había sentencia judicial firme para una pareja determinada. Dicho decreto es anterior a la Ley Nacional de matrimonio igualitario, pero expresa en el mismo sentido los nuevos derechos ciudadanos igualitarios y democráticos para los que nuestra sociedad ya estaba madura. No comparte, por ello, la acusación de abuso de autoridad realizada por abogados del foro fueguino.
Mesa Directiva de la APDH
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2010