Protocolo del aislamiento social preventivo y obligatorio

1. En primer lugar debe quedar claro que NO ESTAMOS EN ESTADO DE SITIO, es decir que continúan vigentes las garantías constitucionales.
 
2. ¿Qué significa aislamiento social preventivo y obligatorio?
Por disposición del Presidente de la Nación mediante el decreto Nº 297/2020, se dispuso que todos los habitantes de la Argentina deben permanecer en la llamada “cuarentena” obligatoria, es decir deben quedarse en sus casas saliendo solamente y a lugares cercanos para comprar alimentos, medicamentos y elementos de higiene. 
Te recomendamos que si tenés la posibilidad y no estás afectado a tares esenciales TE QUEDES EN TU CASA.  
 
3. Recaudos a tener en cuenta:
Frente a estas nuevas medidas de seguridad, sugerimos tomar los siguientes:
•  Durante la vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” no podrán realizarse eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
• En cualquier caso que debamos salir a la calle, incluso para pasear al perro, llevar el DNI.
• En caso de estar exceptuados del aislamiento por razones laborales, llevar un certificado o constancia que indique lugar de trabajo, actividad, día y horario (cada empleador debe proveerlo).
• Para concurrir a asistir personas mayores o enfermas, llevar copia de su
DNI y la declaración jurada que puede rellenarse a mano (Se acompaña copia de la misma).
• Si tenés que salir para comprar alimentos o medicamentos, hacelo en
comercios de proximidad al domicilio y elegir zonas con la menor circulación posible.
• En cualquiera de los casos, avisar a alguien que saliste y para qué, y luego avisar el regreso al domicilio.
 
4. ¿Qué facultades tienen las Fuerzas de seguridad y por qué?
Quienes salgan, se encontrarán con un mayor control por parte de la policía y las distintas fuerzas de seguridad. Las mismas pueden preguntarles las razones por las cuales se encuentran fuera de sus casas. Ante esta situación recomendamos: mantener la calma y responder de manera clara y tranquila el motivo de la salida exhibiendo la documentación que la justifique (nota de trabajo, DNI, declaración jurada, etc).
No nos expongamos a ninguna situación conflictiva innecesaria que habilite la reacción de la fuerza de seguridad. No les demos excusas para que nos lleven detenidas o detenidos.
 
5. ¿Qué ocurre si no puedo justificar estar en la calle?. ¿Cómo puede proceder la policía?
Si no podemos justificar nuestra salida, la policía debe actuar de la siguiente manera:
- En primer lugar, te pueden indicar que estas violando los artículos 205 y 239 del Código Penal.
- Te van a pedir datos para identificarte y si corresponde pueden fichar, fotografiarte, constatar el domicilio. Pueden verificar que no tienen pedido de captura.
- Pueden trasladarte a tu casa para corroborar que vivís allí. También indicarte que pasarán en algún momento para comprobar que estas cumpliendo con la cuarentena.
- Lamentablemente pueden detenerte. Ante la decisión de detención, sugerir ser escoltado o escoltada al hogar donde estas realizando la cuarentena para evitar un trasladado innecesario a comisarías. Ante la negativa de escoltarte a tu casa y la insistencia de detenerte, no te resistas, ya que darías pie a una detención violenta, algo usual de las fuerzas de seguridad. En caso de estar sola o solo; es importante dar aviso inmediato a algún familiar que te están llevando detenido o detenida y decirles a dónde.
- Tené en cuenta que incumpliendo la cuarenta innecesariamente no te cuidas y no cuidas a las demás personas. Además te pueden iniciar una causa penal.
- Si estuvieres circulando en algún vehículo, la policía puede retenerlo de manera preventiva por el tiempo que resulte necesario, por las mismas razones que te contamos antes.
- En caso de presenciar una detención de otra persona, seamos solidarias. Con respeto preguntemos datos de la persona y a que comisaría se la llevan, para luego dar aviso a la defensoría pública o abogados y abogadas de derechos humanos.
 
6. Represión de fuerzas de seguridad:
Ante una detención, tener anotado nombre y apellido de la persona detenida, DNI, lugar donde fue detenida, hora de la detención y comisaría donde será trasladada. Además, ninguna persona está exenta de sufrir abusos y/o represión ilegal de parte de las fuerzas de seguridad, y menos las y los jóvenes de barrios populares, donde la práctica represiva es sistemática. Lamentablemente es una práctica usual llevada adelante por las distintas fuerzas. Ante casos de abusos y/o represión policial desde la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y DDHH de Nación piden que te comuniques al: 0800 122 5878, 11 4091 7352 o dnpcvi@jus.gov.ar 
Ante la falta de respuestas de los números telefónicos anteriormente mencionados, podes comunicarte con los abogados de nuestro organismo:
Guillermo Torremare: 11 4193 2684
Celina Brunotto: 11 5616 3628
Eduardo Tavani: 11 6131 1454 
María Elia Capella: 11 6811 8482
Ramiro Geber: 11 3097 1248
 
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH)
27 de marzo de 2020